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Madrid tiene 120.000 empleados domésticos extranjeros que realizan un trabajo imprescindibleUGT-Madrid aseguró que en la región hay más de 120.000 empleados domésticos extranjeros, de los que 74.660 cotizan en la Seguridad Social en el régimen especial de empleados de hogar, lo que representa un 80 por ciento del total de trabajadores afiliados a este régimen en Madrid. El sindicató señaló que "es imprescindible reconocer la labor de estos nuevos trabajadores, dotar de permiso de residencia y trabajo a quien no lo tenga, y reformar el Real Decreto 1424/85, de 1 de agosto, que regula estas relaciones laborales y que después de 20 años resulta totalmente obsoleto, pues no garantiza protección a ninguna de las partes, ya que concibe el servicio doméstico como un lujo para el empleador y al trabajador se le recortan derechos sociales consolidados por estar sujeto a una relación de especial dependencia". Según explicó la central sindical, Madrid emplea al 21,39 por ciento de los trabajadores extranjeros del total que cotizan en España (1.633.911), ocupando el segundo lugar detrás de Cataluña, que acoge al 22,67 por ciento de los cotizantes extranjeros. Pero considerando sólo la afiliación al régimen especial de empleados de hogar, la Comunidad de Madrid ocupa el lugar preferente, ya que el 32,5 por ciento de los empleados domésticos de origen foráneo dados de alta en la Seguridad Social trabajan en la región. CUIDADO DE LAS PERSONAS DEPENDIENTES "La presencia de estos trabajadores permite cubrir, por un módico precio, las actividades reproductivas y el cuidado de las personas dependientes. Tareas absolutamente imprescindibles para la sociedad el bienestar, que en otros países socialmente mas avanzadas son objeto de políticas públicas de protección a la familia", indicó UGT. Finalmente, el sindicato afirmó que "los hombres y las mujeres inmigrantes, regulares e irregulares, realizan su trabajo en condiciones demasiado precarias, sometidos a la libre voluntad de su empleador, bajo la amenaza de perder sus autorizaciones laborales si no cotiza un empleador por ellos a la Seguridad Social, o directamente bajo el riesgo de expulsión, si son irregulares". Madridpress.com 27/09/2005 10:19 Comentarios » Ir a formulario |
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